lunes, 18 de agosto de 2008

CODIGO DE CONVIVENCIA

REGLAMENTO DE LA SUB. COMISION DE PESCA Y ASADO

En la ciudad de Temperley, a los 15 días del mes de Agosto, se reúne el Tribunal de Faltas para redactar este Código de Convivencia.


a) Todo aquel miembro de esta sub. comisión, que por cualquier causa que no pueda justificar, faltase un Viernes, será sometido a este Tribunal.


b)
Se hace extensivo este reglamento a todo Papá, Delegado y/o miembro de la sub. Comisión de Fútbol, en el caso que faltase a una jornada, y se aplicara el doble de la pena en el caso que además, el jugador a su cargo (familiar o no) faltase a la jornada.


c) Quedara a criterio del Tribunal de Faltas determinar si la justificación que pudiera aportar el acusado, es valida o no.


d) Toda falta cometida, será tratada por el Tribunal el primer Viernes próximo a la fecha de ocurrencia.


e) Las penas serán aplicadas según la gravedad de lo ocurrido de la siguiente manera: Absuelto, Leves, Graves.


f) El cumplimiento de las penas podrán ser en especies y/o en tareas que este Tribunal determinara oportunamente.


g) Quedara a criterio de este Tribunal determinar los pasos a seguir en los casos en que el acusado sea reincidente.


h) El Tribunal de Faltas estará integrado por todos los miembros de la sub. Comisión de Pesca y Asado, y será coordinado por el presidente y vicepresidente de la sub. Comisión de Pesca y Asado, el Sr. Adrián Patetta y el Sr. Javier Santelli, respectivamente.


i) Este Código de Convivencia entra en vigencia a partir del día 15 de Agosto del 2008.


j) Publíquese, archívese, dece a conocer.

TRIBUNAL DE FALTAS

1 comentario:

Anónimo dijo...

Con esto Marce, estas hasta las PELOTAS.